Mucho ruido, eso es lo que más ha generado la supuesta nueva información que apunta a que Byron Castillo es en realidad colombiano, lo que sería sujeto a una sanción para Ecuador y para el jugador, dejándonos fuera de Qatar 2022. Dejando de lado los reportes de la prensa de ambos países, de los abogados y directivos ¿qué dicen los reglamentos FIFA?.

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Mariela Díaz Aragon, experta en temas deportivos y legales mediante sus redes sociales explicó punto por punto los artículos que competen a este caso, dando luces de cómo podría proceder en principio la FIFA, al igual que los riesgos de sanción.

El artículo 21 y 22 son los que tienen injerencia en esto: El 21 trata sobre la creación y uso de un documento falsificado, la misma tiene una sanción de seis partidos a un año de sanción, sumado a una multa. Sobre esto la abogada aclara que debe existir una sentencia ejecutoriada ya que es un delito civíl, el mismo debe tener aclarado quién fue el responsable del mismo.

El artículo 22 se refiere a las condiciones para que un jugador no sea convocable, otra vez la experta señala que debe haber una sentencia o prueba legal que diga esto y no suposiciones como ha presentado la ANFP de Chile.

Finalmente el artículo 46 del reglamento FIFA aclara que los reclamos tienen una vigencia de tiempo de 24 horas y no podrán aclararse. Aún así todo el país está pendiente de lo que haga la FIFA en su recientemente procedimiento abierto.