Atlético Nacional se ha convertido en uno de los clubes del fútbol colombiano que más se ha visto involucrado en situaciones jurídicas en los últimos años, en algunos casos ha salido favorecido, mientras que en otros no mucho y le ha tocado bajarse de importantes cifra de dinero para poder pagar las demandas.

Uno de los futbolistas colombianos que nació en la cantera del cuadro ‘verdolaga’ y que brilla en el fútbol de Europa, es el defensor Dávinson Sánchez, central que actualmente es una de las grandes figuras del Galatasaray de Turquía y se ha convertido en titular indiscutible en la zaga de la Selección Colombia para el entrenador Néstor Lorenzo.

La demanda que perdió Atlético Nacional

Tras ganar la Copa Libertadores del 2016, Dávinson Sánchez fue vendido hacia el Ajax de Holanda, transferencia por la que Néstor Fernando Villarreal habría tenido un acuerdo con el club ‘verde’, de que en el caso de una futura nueva venta, a él le quedaría el 5% del porcentaje que había mantenido Nacional, dinero que el club no le canceló y por el que lo demandó en mayo del 2019, cuando el presidente del club antioqueño era Juan David Pérez.

Pues sobre el pleito, la Corte Suprema de Justicia, falló a favor del señor Villarreal en segunda instancia: “Atlético Nacional S.A. ha incumplido con lo pactado respecto de la comisión del 5 % neto sobre el 15 % que le correspondió de la futura venta del jugador por parte del club Ajax de Ámsterdam de Holanda, al Tottenham Hotspur de Inglaterra, realizada el 7 de agosto de 2017”, indicó el tribunal.

Foto: Getty Images.

La millonada que tendrá que pagar Atlético Nacional

De esta manera, la Corte Suprema ordenó a Atlético Nacional pagarle la importante cifra de más de 275 mil euros a Néstor Fernando, lo que son en la actualidad más de 1300 millones de pesos, más los intereses.

“La remuneración faltante es de €275.625, correspondiente al 5 % del 15 % que correspondió a Nacional por la transferencia del deportista del Ajax al nuevo equipo. No redujo lo tocante al mecanismo de solidaridad y al impuesto de ganancia ocasional, como lo procuró el representante legal de la accionada, pues en la certificación se estableció que el 5 % sería sobre el valor neto, sin más especificaciones, debiéndose interpretar en contra suya la certificación” , indicó la Corte Suprema.

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