Han terminado los Juegos Olímpicos París 2024 y el balance final de Colombia en estas justas fue de un total de 4 medallas. Ángel Barajas, Yeison López y Mari Leivis Sánchez se colgaron la presea de plata, mientras que Tatiana Rentería reclamó una medalla de bronce. Ellos fueron los cuatro atletas cafeteros que se subieron al podio y que serán premiados económicamente por el Gobierno Nacional . Sin embargo, hay otro jugoso reconocimiento para ellos por haberse convertido en Glorias del Deporte Nacional.
Según el artículo 45 de la Ley 181 de 1995 (Decreto 1083 de 1997), se decreta que todo deportista colombiano medallista en Juegos Olímpicos sea reconocido con una PENSIÓN VITALICIA. Esta decisión luego se convirtió en un estímulo que motiva a todas las generaciones de deportistas a destacarse en sus respectivas disciplinas.
Pensión vitalicia: el premio para los medallistas olímpicos de Colombia en París 2024
Este beneficio económico equivale a 10.400.000 pesos colombianos mensuales . Es un reconocimiento a la dedicación, el esfuerzo y el talento de estos deportistas que enaltecieron el nombre de Colombia en el escenario deportivo más importante del mundo. La pensión, cercana a 8 salarios mínimos legales vigentes , busca garantizar una calidad de vida digna para estos atletas. Todos ellos por entregar su vida y esfuerzo a la gloria deportiva nacional.
Con esta iniciativa, el Gobierno Nacional busca consolidar un programa de reconocimiento a las glorias del deporte colombiano. De esta forma, incentiva a las nuevas generaciones a seguir sus pasos y alcanzar los más altos niveles en sus disciplinas. Además, se busca asegurar el bienestar económico de aquellos deportistas que han dedicado gran parte de sus vidas al deporte. Todos ellos podrán hacer efectiva esta pensión una vez cumplan los 50 años de edad.
Ángel Barajas, Yeison López y Mari Sánchez, medallistas de plata para Colombia en París 2024. / IMAGO.
¿Qué requisitos hay para reclamar la pensión vitalicia por ser Gloria del Deporte?
Según el mismo artículo que establece la PENSIÓN VITALICIA para las Glorias del Deporte Nacional, estos son los requisitos para aplicar a ella:
- Haber sido campeón mundial de un evento reconocido oficialmente, o medallista de Campeonato Mundial oficial en la máxima categoría de rendimiento. Deberá ser acreditado por la Federación Deportiva Nacional del respectivo deporte y por el Comité Olímpico Colombiano. Haber sido medallista de Juegos Olímpicos, lo cual será acreditado por el Comité Olímpico Internacional.
- Haber cumplido cincuenta (50) años de edad.
- En cualquier edad, en caso de condiciones físicas excepcionales que generen el 50% de pérdida de su capacidad laboral. Este acreditado mediante certificación expedida por la Junta de Calificación de Invalidez. Todo de acuerdo al procedimiento establecido por los artículos 42° y 43° de la Ley 100 de 1993 y demás normas reglamentarias y concordantes.
- No tener ingresos superiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigente, requisito que se acreditará con la constancia expedida por el empleador. En el caso de que el deportista tenga vínculo laboral, o mediante declaración extrajuicio, si el deportista es trabajador independiente.
- Cuando el deportista sea pensionado, la acreditación se hará mediante certificación expedida por la entidad que tenga a su cargo el pago de dicha pensión.