Las denuncias que realizó Boca tras perder la final de la Copa Libertadores ante Fluminense ya tomaron curso en CONMEBOL, que según Globo abrió un expediente disciplinario contra el club brasileño luego de recibir material de video, fotográfico y testimonios de los ataques que sufrieron los hinchas Xeneizes por parte de los del Flu, así como del maltrato policial en Río de Janeiro.

La causa de esa denuncia apunta a tres días en particular: el 30 de octubre y el 2 de noviembre en la zona de Copacabana, al sur de Río, donde hubo emboscadas en la playa y también represión policial; y al 4 de noviembre, día de la final, en los alrededores del Estadio Maracaná.

A partir de la apertura del expediente, siempre según Globo, Fluminense tiene hasta las 18.00 (hora de Brasilia) del martes 21 de noviembre, mismo día en que el Maracaná recibirá el partido de Eliminatorias entre Brasil y Argentina, para enviar los alegatos de su defensa ante el ente rector del fútbol sudamericano.

Estando la mayoría de las infracciones relacionadas a conductas violentas contra los aficionados del equipo rival, el Código Disciplinario de CONMEBOL prevé para estas penas de lo más variadas, que van desde meras advertencias y multas a castigos mucho más graves como la devolución de premios económicos e incluso la quita del título; además de la realización de trabajos comunitarios a través del fútbol.

La policía reprimió a hinchas de Boca en Río.

Los elementos de prueba que aportó Boca

En total, Boca adjuntó 22 elementos de prueba para su denuncia entre los que destacan diversas amenazas por parte de hinchas de Fluminense, videos de los ataques en Copacabana calificados de “emboscada” y el “trato agresivo” de parte de la policía de Río de Janeiro contra sus hinchas, también documentado en videos y testimonios. Uno de esos videos muestra a un policía rociando gas pimienta sobre la cara y espalda de hinchas que “no representaban ningún peligro”.

¿Qué normas incumplió Fluminense según la denuncia de Boca?

La denuncia que elevó Boca a CONMEBOL se ampara en los artículos 11 y 12 del Código Disciplinario del organismo, relativos a los Principios de Conducta y Orden y Seguridad en los Partidos.

El inciso 2 del Artículo 11 establece que “constituyen conductas imputables e infracciones sujetas a sanción (c) violar las normas mínimas de lo que debe considerarse un comportamiento aceptable en el ámbito deportivo y del fútbol organizado; (e) utilizar un evento deportivo para la celebración de eventos de carácter extradeportivo; (f) comportarse de tal manera que el fútbol, ​​como deporte en general, y la CONMEBOL en particular, puedan quedar desacreditados como consecuencia de dicho comportamiento; (p) realizar un acto de violencia o agresión y (q) causar daños”.

El inciso 2 del Artículo 12 establece que los comportamientos de los aficionados que pueden derivar en sanciones al propio club son “(e) utilizar gestos, palabras, canciones, objetos u otros medios para transmitir cualquier mensaje inapropiado en un evento deportivo, especialmente si es de carácter político, ofensivo o provocativo; (f) causar daños; (i) en casos de agresión colectiva, inconformidades o disturbios y (j) cualquier otra falta de orden o disciplina que se pueda cometer en el estadio o sus alrededores antes, durante y al final de un partido”.

Encuesta ¿Merece Fluminense perder el título por la conducta de sus hinchas?

¿Merece Fluminense perder el título por la conducta de sus hinchas?

No

YA VOTARON 20880 PERSONAS