River se está moviendo dentro del mercado de pases, donde ya abrochó el retorno de Ramiro Funes Mori, quien será presentado en los próximos días. Si bien están buscando convencer a Manuel Lanzini para que también pegue la vuelta, la negociación no es tan sencilla.
Más allá de los jugadores que la dirigencia busca repatriar, Jorge Brito está mirando diversas opciones, en base a los pedidos que Martín Demichelis le hizo a Enzo Francescoli y Leonardo Ponzio. No saldrán al mercado a hacer gastos exorbitantes, ya que la situación económica del país podría perjudicar a la institución de cara al futuro.
Con el arribo de Demichelis, fueron varios los jugadores del Millonario que levantaron su nivel, y que son grandes artífices para que, en la actualidad, la obtención de la Liga Profesional esté a la vuelta de la esquina. A raíz de ello, fue el propio Brito quien confirmó una negociación que llegó a buen puerto.
“El contrato inicial que hicimos con Barco preveía que si jugaba una cantidad de partidos, saltaba una obligación de compra de 7 millones de dólares, que ya fue ejercida y será abonada en los próximos tres años”, manifestó el mandamás de River en diálogo con TNT Sports. De esta manera, el ex Independiente continuará deleitando a los hinchas con sus goles y gambetas.
El pago por la ficha del oriundo de Gobernador Galvez se realizará en seis cuotas de 1.166.667 de la moneda estadounidense, entre el 30 de marzo de 2024 y el 30 de septiembre de 2026. Y como si fuera poco, River deberá abonar diversas plusvalías en el caso de que el delantero cumpla con sus objetivos.
Plusvalías que River deberá abonar por Esequiel Barco
- 500 mil dólares si gana la Libertadores disputando la mitad de los partidos.
- 500 mil dólares si convierte 30 goles entre todas las competiciones.
- 150 mil dólares por cada título local que gane River (hasta cinco veces).
- 350 mil dólares cada vez que intervenga en 30 partidos hasta llegar a los 90 (un total de 1.050.000).
- 1 millón de dólares si Esequiel Barco permanece en River hasta el 30/6/2025.