Durante el mes de abril todos aquellos contribuyentes registrados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como personas físicas tendrán que presentar su declaración anual de impuestos.

En este 2021 el dolor de cabeza de cada año corresponde al ejercicio 2020. Pero no todo es tan malo. Por ejemplo, las personas que lo hagan en la primera semana de abril recibirán sus saldos a favor procedentes a la semana siguiente, en caso de que los reporte.

A partir del 1 de abril puede presentarse la declaración anual mediante la plataforma electrónica del SAT. Para ello, el contribuyente debe tener a la mano su RFC, contraseñas y firma electrónica.

Es obligatorio para…

Todos aquellos contribuyentes asalariados que hayan tenido un ingreso superior a 400,000 pesos anuales, o que se hayan empleado con dos patrones durante 2020.

Toda persona física que tenga ingresos por estar en dos o más capítulos diferentes: salarios, arrendamientos, honorarios.

¿Qué hacer para presentar la declaración?

Primero se debe contar con la firma electrónica (e.firma) y las claves. Toda vez que se cuenta con ella, se ingresa al sitio Declaración Anual 2020 del SAT, donde se tiene que cargar una versión precargada con la declaración en la parte de ingresos, gastos hechos y que pueden ser sujetos a deducciones.

Es indispensable fijarse bien en que estén consideradas todas las deducciones personales y por compra de suministros para llevar a cabo el trabajo. En este sentido es importante resaltar que en la pandemia se implementaron las modalidades de home schooling y home office, por lo que los contribuyentes convirtieron sus viviendas en oficinas y escuelas, así que debieron adquirir mobiliario como sillas, escritorios, computadoras, teléfonos, pantallas, impresoras. Esos son gastos deducibles con base en cada profesión.