Daniela Ramírez consiguió un elocuente resultado legal en su cruzada contra el empresario que la acosó sexualmente por años: ahora tiene un recurso de protección con el que la Justicia chilena confirmó las conductas inapropiadas del sujeto.
¿Quién es el acosador de Daniela Ramírez?
Se trata del arquitecto de 67 años Gastón Alberto May Boullon. Un hombre formado en la Universidad de Chile, graduado en los ochentas y que ahora se mantiene trabajando en su propia empresa.
26 años lleva a cargo de May Arquitectura y Planificación Limitada, desde que la fundó en 1997, ofreciendo servicios de construcción técnica desde la comuna de Vitacura.
Además, es el dueño del Criadero Quimpomay, creado en 1995 en la Región del Maule para continuar con una tradición de herencia familiar.
El libro de presentación del proyecto establece que “este arquitecto y criador involucra a su esposa e hijos en esta suerte de pasión heredada, iniciando la consolidación de un proyecto que en no muchos años lo llevaría destacarse en exposiciones, rienda y, especialmente, en la disciplina del reining, o rienda internacional, donde obtiene importantes logros nacionales, primeramente concursando él mismo junto su joven hijo Andrés, que por opción personal y buscando se realización consagra su vida a los caballos y el mejor entendimiento que brinda el estudio de la etología y el conductismo.”
Qué hizo el empresario contra la actriz
Ramírez se estaba grabando Amor a la Catalán en 2019, cuando May le envió una carta manifestándole su admiración.
Al solicitar la orden de alejamiento en contra del arquitecto, los abogados de Daniela, Anna Albano, Ciro Colombara y Aldo Díaz indicaron que “considerando el tenor amigable de la misiva, nuestra representada no prestó mayor atención a la misma ni reparó en la circunstancia de que el remitente de aquella estaba al tanto de su domicilio”.
Pero meses después, ese mismo año, la intérprete comenzó a recibir comentarios inapropiados de parte del empresario, “como si los uniera una relación sentimental”. Así, la trataba de “mi amor” y “mi chinita”. La obsesión del adulto mayor fue tal que se llegó a crear 10 cuentas para continuar el acoso.
Pero May fue más allá: comenzó a enviarle fotografías no solicitadas en las que aparecía desnudo, además de videos en los que se mostraba masturbándose. Registros que se suman a otros en los que aparecía “trasladándose a las inmediaciones del antiguo domicilio” de la actriz.
En junio de 2020, Daniela Ramírez interpuso una querella en contra del hombre, pero para agosto de 2021 la causa fue sobreseída. Entonces, llegaron nuevos videos y mensajes de May, por lo que el trámite legal fue acogido definitivamente por orden por la Corte de Apelaciones ese mismo mes.
En la solicitud del recurso de protección, los defensores de Ramírez resaltaron que su representada “se ha visto expuesta al acoso, hostigamiento y persecución por parte del Sr. May Boullon, quien se ha acercado a ella, a su hijo, a su anterior vivienda, al igual que en actos públicos, (…) ejecutando acciones de intimidación directa“.
“Los mensajes continuaron, incluso haciendo alusión al fallecimiento u homicidio de su expareja; le compartió insistentemente material de alto contenido sexual; se trasladó a las inmediaciones del antiguo domicilio, comprometiendo con ello su seguridad; le envía fotografías en las que aparece completamente desnudo; y, videos en los que se le ve masturbándose, acompañado de comentarios en los que conmina a su representada a mantener futuras relaciones sexuales con él “.
También se recalca que Ramírez “no conoce al recurrido, jamás ha entablado contacto alguno con él, previo a los hechos que motivan la presente acción, ni de forma posterior a ella, circunstancia que agrava su sentir de inseguridad frente a las acciones desplegadas por el Sr. May”.
La resolución
La Corte de Apelaciones ahora resolvió que May “deberá abstenerse en el futuro de realizar actos de hostigamiento, acoso, acoso sexual, persecución y amenazas en contra de la recurrente y de efectuar cualquier publicación en redes sociales sobre la materia, que involucre la persona de la actora, su imagen y su honra”.