La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sigue con el calendario de pago de febrero 2022 y aseguró que dará una nueva prestación que está dirigida a aquellas personas del Covid-19. Con la Ley 27.549, sancionada por el Congreso Nacional en junio de 2020, el Gobierno estableció la creación de una prestación previsional especial para los derecho habientes de fallecidos por coronavirus, la cual se paga a través de ANSES.
Se trata de una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se renovará según a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
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¿Cómo obtener a la Pensión Vitalicia para víctimas de Covid-19?
Para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñados trabajos considerados esenciales.
¿Cuánto es el monto?
El organismo que lleva adelante Fernanda Raverta aseguró que acreditará un monto equivalente a dos haberes mínimos, al día de hoy $58.124, el cual se actualizará según los aumentos previstos por la Ley de Movilidad Jubilatoria.
En la actualidad ese monto consiste en la suma de $58.124, tomando la última actualización a diciembre 2021 de jubilaciones (teniendo en cuenta que el haber mínimo asciende a $29.062).
Este haber recibirá los incrementos de movilidad correspondiente que se otorguen a las jubilaciones ordinarias, siendo el próximo en marzo 2022.
¿Quiénes pueden acceder?
- Familiares de trabajadores esenciales fallecidos.
- Esposo/a conviviente
- Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
- Personas a cargo del trabajador fallecido.
¿Cómo hacer el trámite?
- Para ingresar a este beneficio adicional se debe empezar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber.
- Se puede comenzar en cualquier oficina de ANSES del país.
- No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
- No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
- Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
- Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses.







