Cada vez falta menos para que los chilenos asistan a las urnas para votar si el texto de la Nueva Constitución es aprobado o rechazado, en una votación que será el domingo 4 de septiembre.
Dentro de las novedades para este sufragio, está el del cambio en los locales de votación por parte del Servel, para que así los votantes asistan a los establecimientos que estén más cercanos a sus domicilios, y así puedan ejercer con más facilidad su deber cívico.
Pero el cambio más relevante es la obligatoriedad del voto, el que regresa en esta votación luego que en 2012 haya sido modificado por el voto voluntario. Junto con el deber de no faltar a votar, también está la obligación de asistir a ser vocal de mesa a quienes hayan sido seleccionados.
¿Cómo puedo excusarme de no ir a votar?
En caso que no puedas asistir a votar el 4 de septiembre en el Plebiscito, debes acreditar ante el Juzgado de Policía Local los siguientes argumentos:
–Enfermedad.
-Estar fuera del país.
-Estar el día del Plebiscito a más de 200 kilómetros del lugar dónde está registrado el domicilio electoral.
-Algún grave impedimento, el que será revisado por un juez competente de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
¿Qué multas puedo recibir si no asisto a votar en el Plebiscito?
Quienes no tengan una excusa válida para no asistir a votar el día del Plebiscito Constitucional, se arriesgan a una infracción económica que va desde las 0,5UTM (29 mil pesos aprox.) hasta las3 UTM (176 mil pesos aproximadamente).