Ya publicada por parte del Servel la lista de vocales de mesa seleccionados, se abre un período para quienes puedan excusarse de no ejercer esta labor en el Plebiscito de Salida del 4 de septiembre.
Esta función, que es obligatoria junto con asistir a las urnas a votar, puede no cumplirse siempre y cuando se cumplan los requisitos que estipule la ley. Además, estas deben presentarse en las Juntas Electorales que corresponda a los locales de votación de los seleccionados.
Sin embargo, al no ser vocal de mesa, no podrá recibir el Bono Vocal de Mesa, incentivo ecónomico para cumplir esta labor cívica en el Plebiscito de la Nueva Constitución. Además, searriesga a recibirmultas económicas.
De todas maneras, quienes estén interesados en cumplir voluntariamente como vocal de mesa en el día del sufragio, deben asistir temprano a los locales de votación, y lo serán siempre y cuando falten vocales de mesa en el establecimiento electoral.
¿En qué fechas se deben presentar las excusas para no ser vocal de mesa?
Las excusas válidas para no ser vocal de mesa, en caso de haber sido seleccionado por parte del Servel, deben presentarse, ya sea por correo eléctronico o presencial,en las Juntas Electorales entre el 16 y el 18 de agosto. La lista definitiva de los vocales de mesa será publicada el sábado 20 de agosto.
¿Qué excusas son válidaspara no ser vocal de mesa en el Plebiscito?
Para no ser vocal de mesa el 4 de septiembre en la votación de la Nueva Constitución debe presentar alguna de las siguientes excusas:
–Ser mayor de 60 años. Aunque los mayores de 60 años sí pueden presentarse de manera voluntaria.
-Acreditar con certificado médico que está física o mentalmente inhabilitado.
-Estar comprendido en las causales de inhabilidad, contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700.
–No estar en el país, o estar radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros.
-Tener que desempeñar aquel día otras funciones encomendadas por la ley.
–Cumplir labores en recintos hospitalarios.
–Mujeres embarazadas en cualquier período de gestación.
–Padres o madres de un hijo que sea menor de 2 años al 4 de septiembre de 2022,fecha del Plebiscito.
–Estar al cuidado de adultos mayores, gentecon discapacidad o personas con cuidados especiales.