El viernes por la mañana, un dejavú de abril del 2020 se apareció en el Mundo Boca. Sebastián Villa era nuevamente denunciado por una ex pareja por violencia de género. En aquel momento, la denuncia constaba de lesiones producto de una actitud violenta y posesiva del jugador, mientras que la reciente es aún más grave, ya que también incluye abuso sexual e intento de homicidio.

El nombre de la denunciante no fue revelado para proteger su identidad pero tanto ella como su abogado insisten en el comportamiento violento de Villa, en el miedo con el que la víctima vivía al estar con él en aquel repudiable hecho y en la confirmación de pruebas de que su versión es fehaciente.

En este sentido, la fiscal que está a cargo del caso, Vanesa González, quien es titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 de Esteban Echeverría, y es especializada en Violencia Familiar y de Género, Abusos Sexuales y Delitos Conexos a la Trata de Personas, convocó a la denunciante y a su defensa a declarar este lunes a su fiscalía en el partido mencionado, ya que en el mismo reside Villa en un barrio cerrado de Canning. 

De manera anticipada y antes de la presentación de la denunciante a declarar, a Villa se le solicitó que no pueda salir del país y se le impuso una prohibición de acercamiento hacia la denunciante y su grupo familiar. Desde Boca no activaron el protocolo de género porque éste se hace presente cuando la víctima realiza una denuncia ante el Departamento de Inclusión e Igualdad de Boca, por lo que esta falta de presentación legal en el club hizo que el colombiano pueda jugar ante Racing. Sin embargo, con lo que suceda este lunes en la fiscalía, su situación puede cambiar.

Villa podría sufrir las sanciones impuestas por el club, las cuales van desde las más leves como apartarlo del plantel -como ocurrió en 2020 cuando fue denunciado por Daniela Cortés- hasta ser despedido del club y marcharse en libertad de acción, o más precisamente, como indica el Protocolo de Género de Boca, el jugador puede ser "amonestado, suspendido, cesado o expulsado de la institución".

Mientras tanto, ya ni siquiera a nivel futbolístico podría resultar comprometido el colombiano, sino que también judicialmente, ya que es una causa que incluso es penada con prisión en Argentina. Según indica el Código Penal en la Ley 25.087, la cual está caratulada como delitos contra la integridad sexual, a Villa le podrían asegurar desde seis meses hasta incluso veinte años de prisión. Aunque claro está que esto debería someterse a juicio y confirmarse una pena allí.

+ Lo que dice el artículo 2 de la ley sobre delitos contra la integridad sexual

“Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.

La pena será de cuatro a diez años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima.

La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía.

En los supuestos de los dos párrafos anteriores, la pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión si:

a) Resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima;

b) El hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda;

c) El autor tuviere conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave, y hubiere existido peligro de contagio;

d) El hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas;

e) El hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones;

f) El hecho fuere cometido contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo.

En el supuesto del primer párrafo, la pena será de tres a diez años de reclusión o prisión si concurren las circunstancias de los incisos a), b), d), e) o f).”

+ Conclusiones

En caso de que este lunes a Sebastián Villa lo ratifiquen como el autor de este hecho de violencia de género en al cual también hay abuso sexual e intento de homicidio según lo caratulado en la denuncia, a nivel judicial quedará muy comprometido con una pena máxima, mientras que a nivel deportivo deberá presentarse la denuncia también en el club. Horas claves.