Farmacity elevó un reclamo a contra laLegislatura de la Provincia de Buenos Aires que le había prohibido instalar farmacias en su jurisdicción. La Corte Suprema ratificó la decisión y la cadena del grupo empresario Pegasus no podrá colocar sunuevo local.
La normativa de PBA sostieneque las sociedades anónimas no pueden ser dueñas de una farmacia por motivos de salud pública. La cadena de farmacias reclamó judicialmente, pero fue denegado.
La Corte de Suprena reafirmó el fallo inicial, ya que es un tema de salud pública y la protección de los pacientes en este caso estaría por encima de la propiedad privada, la cual no puede interponerse al interés colectivo.
+Declaración del Defensor del Pueblo acerca del fallo de la Corte Suprema
La jueza Elena Highton de Nolasco, el juez Ricardo Lorenzetti y el camarista Martín Iurzon fueron quienes votaron en este fallo. Mientras que Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz se excusaron. Además, Juan Carlos Maqueda no votó. La única que votó en contra del fallo fueMirta Gladis Sotelo de Andreu.
Farmacity pretendía que declararan nula la utilizacióndel artículo 14 de la ley 10.606, en la cual se excluye a las sociedades anónimas de poseer un local de farmacia. La intención de la cadena de farmacias argentinas era colocar el nuevo local en Pilar.
La intención con este fallo final fue velar por los derechos del consumidor. En este caso, los de las personas que deben consumir medicamentos o cuidar su salud mediante compras realizadas en farmacias.






