La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un hincha de Colo Colo y dejó sin efecto una sanción que le impedía asistir a recintos deportivos por diez años, medida que había sido aplicada por Blanco y Negro S.A., concesionaria que administra al club.

De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial de Chile, la Sexta Sala del tribunal de alzada acogió la acción tras establecer un actuar arbitrario y desproporcionado por parte de la sociedad deportiva al aplicar el castigo sin contar con pruebas claras ni otorgar la posibilidad de defensa a la persona sancionada.

Dura sanción hacia hincha de Colo Colo queda sin efecto

En su resolución, el tribunal explicó que “la normativa legal y reglamentaria referida exige a los organizadores impedir el acceso a los recintos deportivos a aquellas personas respecto de quienes se ha ejercido el derecho de admisión, de tal forma que el afectado no podrá ingresar a ningún recinto deportivo dentro del país con ocasión de un espectáculo de fútbol profesional”.

Hincha con prohibición de ingresar al estadio le gana juicio a Blanco y Negro. (Foto: Diego Martin / Photosport)

No obstante, el fallo también precisó que “sin embargo, esta herramienta debe ser utilizada prudentemente y bajo criterios objetivos, de tal forma de no afectar personas atrapadas en la masa que no han provocado disturbios”.

En el documento judicial, la corte además cuestionó la falta de antecedentes concretos para justificar la sanción. En ese sentido, determinó que “la descripción del ilícito atribuido el 9 de marzo de 2025 aparece del todo vaga e imprecisa, y nunca fue corroborada con antecedente alguno”.

El tribunal agregó que “adicionalmente, la supuesta infractora tampoco fue emplazada ni oída, negándosele el derecho a defensa que le permita formular sus descargos, rendir prueba e impugnar la sanción”, apuntando además que “por último, se fijó la sanción por un plazo superior a lo que la ley y reglamento estipulan para infracciones de esa naturaleza”.

Finalmente, la sentencia concluyó que “así las cosas, se colige que la sociedad recurrida ha actuado contrario a derecho y abusivamente, al impedir a la actora la compra de entradas para espectáculos deportivos, impidiéndole el ingreso al Estadio Monumental por diez años, a saber: hasta el 24 de marzo del año 2035, sin elementos fundantes que acrediten la conducta concreta y determinada que se le atribuye”.

Con esto, la Corte dejó sin efecto la resolución que prohibía el ingreso del hincha al Estadio Monumental David Arellano, invalidando la medida aplicada por Blanco y Negro S.A. y restableciendo su derecho a asistir a espectáculos deportivos.

DATOS CLAVE

  • La Corte de Apelaciones de Santiago anuló una prohibición de ingreso a estadios por diez años aplicada por Blanco y Negro.
  • El tribunal calificó la medida como arbitraria y desproporcionada, señalando que no se presentaron pruebas claras del ilícito ocurrido el 9 de marzo de 2025.
  • El fallo determinó que la concesionaria vulneró el derecho a defensa del hincha y fijó un plazo de sanción superior al estipulado por ley.