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Insólito: lo echaron de la Selección de España Femenina pero él se da por renovado hasta 2028

Jorge Vilda podría hacer efectiva su renovación luego de su despido.

Jorge Vilda
© Getty ImagesJorge Vilda

Los problemas en torno a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) no terminan. A solo días del despido oficial del seleccionador del combinado femenino, Jorge Vilda, se da a conocer que el DT considera que su contrato ha sido renovado hasta 2028.

El caso de Luis Rubiales ha hecho que todo estalle en la RFEF y uno de los afectados ha sido el seleccionador femenino de España, Jorge Vilda. El DT fue despedido a solo unos días de consagrarse campeón en el Mundial Femenino, siendo uno de los protegidos por el dirigente investigado por agresión sexual.

Ahora, ya habiendo despedido a Vilda y habiendo designado a Montse Tome como seleccionadora, surge un nuevo problema con el entrenador campeón del mundo. Este se consideraría renovado hasta 2028 y podría llevar su caso hasta los tribunales.

Resulta que, en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el pasado 25 de agosto, Luis Rubiales anunció públicamente la renovación de Jorge Vilda. Esto luego de llevar a España a ganar el Mundial Femenino. “Te invito a que te quedes con nosotros los próximos cuatro años, cobrando medio millón de euros al año“.

¿Oficialmente renovado?

Ahora, en una entrevista con Radio Marca, el propio Jorge Vilda ha reconocido que llevará su despido a la última instancia por considerar que su contrato se había renovado hasta el año 2028. “Ya estaba hablado antes” dijo el DT sobre su vínculo con la RFEF.

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Es lo que me dicen mis abogados. Y esto es lo que entiendo cuando hay contrato que ya está ‘perfeccionado’ antes de ese anuncio en la Asamblea” añadió el entrenador. De ser respaldado por los tribunales, metería en serios problemas a la federación. Si bien pueden despedirlo de cualquier forma, este podría exigir la indemnización por su sueldo hasta 2028 por medio m

Jorge Vilda (Getty)

Jorge Vilda (Getty)

Según explica Ramón Fuentes, la postuda del DT se respalda en el Artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores. “El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel“.

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