El lunes2 de enero del 2023 comenzó el juicio a los 8 rugbiers acusados de matar a golpes a Fernando Báez Sosa en el verano del2020.Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, los representantes de la víctima, piden la cadena perpetua paraMáximo Pablo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli,Matías Franco Benicelli, Blas Cinalli, Ayrton Michael Viollaz, Lucas Fidel Pertossi y Luciano Pertossi.

+¿Cuántos años dura la cadena perpetua en Argentina?

En Argentina no existen las penas en la cárcel de por vida. La máxima condena en la actualidad es la reclusión perpetua, la cual dura 35 años según establece elCódigo Penal en el artículo 13.

Este tipo de penas se suele dar en el menor de los casos. Ocurre cuando se dandelitos comohomicidio agravado, abuso sexual que resultara en la muerte de la victima, desaparición forzada de personas, torturas que terminaran en muerte y traición a la patria.

En otros países de Latinoamérica comoBrasil, Bolivia, Uruguay, Paraguay, Colombia yEcuador la cadena perpetua también está abolida. Sin embargo esto no ocurre en todos lados:en Rusia y Kazajistán, por dar un ejemplo, existeeste tipo de pena pero sólo para hombres de 18 a 65 años.

+¿Qué dice el Art 13 delCódigo Penal?

Artículo 13.-El condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido treinta y cinco (35) años de condena, el condenado a reclusión o a prisión por más de tres (3) años que hubiere cumplido los dos tercios, y el condenado a reclusión o prisión, por tres (3) años o menos, que hubiere cumplido un (1) año de reclusión u ocho (8) meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios,podrán obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social, bajo las siguientes condiciones:

  • Residir en el lugar que determine el auto de soltura;
  • Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la obligación de abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes;
  • Adoptar en el plazo que el auto determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia;
  • No cometer nuevos delitos;
  • Someterse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes;
  • Someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos.

+JUSTICIA para FERNANDO BÁEZ SOSA: TERMINÓ la PRIMERA SEMANA del JUICIO – Telefe Noticias