El organismo recaudador (AFIP) aseguró que monotributistas, clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares, obtuvieron la condonación de $1.700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras.

La condonación de deudas está habilitada desde el 20 de diciembre del 2021 para las entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas y organizaciones comunitarios.

Desde la Afip indican que también alcanza deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

¿Hasta cuándo hay plazo de inscribirse?

Las y los contribuyentes pueden pedirlo hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP (https://www.afip.gob.ar, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
  • Certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias, en el caso de las demás entidades sin fines de lucro.
  • Tener “Certificado MiPyME”.
  • Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
  • Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada según el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)”
  • Estar inscripto en Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales o en el régimen de Monotributo, en el caso de los pequeños contribuyentes.

¿Quiénes son tomados como pequeños contribuyentes?

Las personas que durante 2020 y al 11 de noviembre de 2021 estuvieron anotadas en alguno de los siguientes: Impuestos a las Ganancias, Impuesto sobre los Bienes Personales o Monotributo.