Falta muy poco para que comience julio y desde ese mes, debido a la Ley Nacional de Alquileres, quienes firmen contrato estarán sujetos a varias modificaciones que tendrán lugar desde el séptimo més del 2021. Los contratos tendrán que durar, como mínimo,tres años y los aumentos solo podrán llevarse a cabo cada 12 meses.
La Ley 27.551 con respecto a los alquileres fue aprobada el 11 de junio 2020 por el Congreso y consta de una serie de regulaciones en los alquileres para uso habitacional o, también, comercial. La intención de esta Ley Nacional de Alquileres es la de cuidar el bolsillo de todas aquellas personas que alquilan, durante una situación tan delicada económica producto de la pandemia, que arrasó con muchas actividades diferentes.
+Repasa cómo fue la sesión del Senado que aprobó la Ley Nacional de Alquileres
¿Cuáles son los que cambios que trae la Ley Nacional de Alquileres?
Esta ley, aprobada el 11 de junio de 2020 por ambas Cámaras del Congreso, contempla unas cuantasmodificaciones con respecto al sistema de alquileres anterior y con intenciones de mejorar la situación económica de los inquilinos. Estas son las nuevas modificaciones:
- El depósito se pagará solo un mes y este tendrá que ser devuelto al valor del último mes de contrato
- Inquilino puede suspender el pago por una falla no notificada previamente (goteras, corte de luz o corte de gas, por ejemplo)
- Queda prohibido firmar contratos por dos años, deberán ser mínimo de tres
- Inquilinos no tendrán que pagar impuestos como ABL, rentas o incluso el pago de Aysa
- Expensas solo contemplarán sueldo del encargado y limpieza
- Los propietarios están obligados a a registrar el contrato en AFIP. El inquilino también puede hacerlo si así lo desea.
¿De cuánto serán los aumentos en los alquileres y cómo calcularlo?
Según esta ley, los aumentos en alquileres podrán efectuarse únicamente cada 12 meses. El monto que se incrimentará al alquiler mensual se calcula mediante un índice que tiene en cuenta la inflación y los salarios.
El cálculo exacto del aumento se realiza con el Índice para Contrato de Locación (ICL), el cual es publicado por el Banco Central teniendo en cuenta las variantes en la inflación y los salarios.







