El subsidio de contención familiar es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra por el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada de ANSES y de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad.

A quiénes les corresponde

Jubilación o pensión:

-Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación.

-Viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.

-Otros herederos o herederas de la persona fallecida.

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Covid-19:

-Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) de personas fallecidas en situación de vulnerabilidad que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación:

-desocupados o desocupadas

-trabajadores o trabajadoras informales

-monotributistas de las categorías A y B

-personal de casas particulares

-titulares de la Asignación por Embarazo

-madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH

-madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH

Requisitos

-Que se encuentre acreditado el fallecimiento en ANSES.

-Que la persona fallecida haya tenido una jubilación o pensión otorgada por ANSES (o en trámite, con el derecho ya efectivamente otorgado).

-Que la persona hubiera fallecido a causa de Covid-19.

-Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento.

-Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del COVID-19-

Documentación

-DNI de quien solicita el reintegro.

-Partida de defunción de la persona fallecida.

Por fallecimiento del o la titular de jubilación o pensión:

Personas con:

-Factura emitida a su nombre

-Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual

-Compañía de Seguros

-Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional):

-Herederos y herederas de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión (formulariosPS.6.254,PS.6.258,PS.6.259,PS.6.286,PS.6.296)

Por fallecimiento a causa de Covid-19:

-Personas (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) con factura extendida a su nombre.

Monto

-El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8/8/2020, y de $15.000 si fue posterior a esa fecha.

Trámite

-Se hace por internet.

-Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión.

-Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.