El subsidio de contención familiar es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra por el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada de ANSES y de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad.
A quiénes les corresponde
Jubilación o pensión:
-Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación.
-Viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
-Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
+Hacé el trámite desde ACÁ
Covid-19:
-Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) de personas fallecidas en situación de vulnerabilidad que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación:
-desocupados o desocupadas
-trabajadores o trabajadoras informales
-monotributistas de las categorías A y B
-personal de casas particulares
-titulares de la Asignación por Embarazo
-madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH
-madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH
Requisitos
-Que se encuentre acreditado el fallecimiento en ANSES.
-Que la persona fallecida haya tenido una jubilación o pensión otorgada por ANSES (o en trámite, con el derecho ya efectivamente otorgado).
-Que la persona hubiera fallecido a causa de Covid-19.
-Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento.
-Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del COVID-19-
Documentación
-DNI de quien solicita el reintegro.
-Partida de defunción de la persona fallecida.
Por fallecimiento del o la titular de jubilación o pensión:
Personas con:
-Factura emitida a su nombre
-Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual
-Compañía de Seguros
-Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional):
-Herederos y herederas de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión (formulariosPS.6.254,PS.6.258,PS.6.259,PS.6.286,PS.6.296)
Por fallecimiento a causa de Covid-19:
-Personas (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) con factura extendida a su nombre.
Monto
-El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8/8/2020, y de $15.000 si fue posterior a esa fecha.
Trámite
-Se hace por internet.
-Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión.
-Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.
