El Gobierno argentino, encabezado por Javier Milei, avanza en el ingreso de capitales privados y extranjeros al fútbol. A través de una publicación en el Boletín Oficial del miércoles 14 de agosto, le dio un marco regulatorio a la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) a los clubes. A su vez, el presidente le dio un ultimátum a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para que se adapte a esto.
La llegada de las SAD ha sido una de las grandes medidas que ha impulsado el gobierno de Javier Milei, sobre todo desde su primera cadena nacional y en el marco del mega decreto de desregulación de la economía, que data de diciembre de 2023. Es una de las disposiciones que más polémica generó, ya que se trató del primer golpe directo al fútbol argentino y a su conducción.
Precisamente, a partir de esto, el presidente de la AFA, Claudio ‘Chiqui’ Tapia no sólo rechazó la medida y la disposición de la llegada de los capitales extranjeros al fútbol de este país, sino que también impulsó a los clubes a que lo prohíban.
A partir de esta postura que ha mantenido durante los últimos meses, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en una entrevista con LN+, aseguró que la entidad madre del fútbol argentino no se podrá negar a los cambios que impone el Gobierno ni a privar de jugar a un club que cuente con capitales privados.
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“ La AFA tiene que cumplir porque es parte del sistema deportivo de la Argentina . Y la ley de deportes te obliga a que no puedas rechazar un club independientemente de la forma jurídica en la cual decida organizarse. Si un club quiere cambiarse, la AFA no puede negarse porque estaría violando la ley . Creemos que van a generar inversiones en el sector”, afirmó el ministro.
¿Qué dice el Boletín Oficial sobre la reglamentación de las SAD en el fútbol argentino?
El nuevo decreto que salió en la madrugada del miércoles apunta a darle un marco de regulación a la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas, así como también define los pasos a seguir para que esto ocurra, así como insta a que las entidades, asociaciones y federaciones (como la AFA) se adecúen a esto con el plazo de un año para hacerlo.
La regulación de las SAD en el deporte argentino (Boletín oficial – X @gravep).
En el artículo primero del decreto, los “asociados a las asociaciones civiles” serán aquellos que “participen en la asamblea extraordinaria de la asociaciones que consideren la decisión de transformar la entidad en sociedad anónima o resuelva ser socia de sociedades anónimas”.
El artículo segundo atenta contra AFA y todas aquellas asociaciones y federaciones, ya que no podrán “impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada”, que hayan decidido convertirse en SAD.
A su vez, no se le impedirá a los clubes y asociaciones que sean SAD participar en sus competiciones correspondientes. “ Tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”.
Por último, el ultimátum a la AFA y al resto de asociaciones, federaciones y confederaciones para que adapten estas normas a sus estatutos con “período de UN (1) año establecido en el artículo 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 del 20 de diciembre de 2023 se contará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto”.