Vélez no se baja de su pelea por lo que considera una injusta eliminación en la Copa Argentina. Luego del fallo que condenó a Boca a solo una multa económica y confirmó su clasificación a cuartos de final, el Fortín apeló y pidió la suspensión del evento.
Finalmente, el Tribunal de Apelaciones de la AFA desestimó este pedido del club de Liniers con 3 votos en contra de la apelación y ninguno a favor. Ante este panorama, sigue firme el cruce entre Boca y Racing por los cuartos de final.
Nelson Pugliese, vicepresidente de Vélez y próximo líder de fórmula por el oficialismo, había avisado que recurrirían a la apelación y, de ser necesario, presentarían un recurso de amparo o elevarían el reclamo al TAS.
Por lo pronto, AFA le cierra una nueva puerta al reclamo de Vélez por considerar que Boca no tuvo ventaja deportiva con sus 6 extranjeros porque Ángel Romero no tuvo minutos en aquel partido. De todas formas, el Xeneize aún debe pagar la multa del valor de mil entradas. A continuación, el comunicado del Tribunal.
El comunicado del Tribunal de Apelaciones
VISTO: El recurso de apelaciones interpuesto por el Club Atlético Vélez Sarsfield contra la resolución dictada por el Tribunal de Disciplina de la A.F.A. publicada en Boletín 6950, mediante la cual se desestimó su reclamo por supuesta alineación indebida de un futbolista en el encuentro de referencia; y, CONSIDERANDO:
1º) Que, en forma previa a todo análisis sobre el fondo de la cuestión planteada,
corresponde a este Tribunal de Apelaciones efectuar el examen preliminar de
admisibilidad del recurso de conformidad con las facultades otorgadas por el Artículo 58º, inciso a) del Código Disciplinario de la A.F.A..
2º) Que el Artículo 55º del Código Disciplinario de la A.F.A. establece con carácter
taxativo que únicamente son recurribles ante este Tribunal las decisiones del Tribunal de Disciplina que se encuentren expresamente previstas en el Estatuto de la A.F.A..
3º) Que el Artículo 67º, apartado 3.1 del Estatuto de la A.F.A. enumera de manera
cerrada las “sanciones graves” susceptibles de apelación (tales como la pérdida de categoría, la suspensión a un club, la imposición de multas de gravedad, la pérdida de puntos o las suspensiones graves a dirigentes o futbolistas).
4º) Que la resolución recurrida por el Club Atlético Vélez Sarsfield consiste en el
rechazo/desestimación de su reclamo o protesta, medida que no constituye la imposición de una sanción disciplinaria ni causa un gravamen que encuadre en el catálogo taxativo del Artículo 67º, apartado 3.1 del Estatuto de la A.F.A..
5º) Que, al no encontrarse la resolución impugnada contemplada dentro de las hipótesis de apelabilidad previstas por la normativa estatutaria y reglamentaria vigente, el recurso intentado resulta formalmente inadmisible y debe ser denegado de plano sin más trámite (Art. 54º ap. 7 del Código Disciplinario de la A.F.A. y Art. 67º ap. 3.4 del Estatuto de la A.F.A.).
6º) Que la solicitud de medida provisional urgente formulada por el Club Atlético Vélez Sarsfield, dirigida a suspender los efectos deportivos de la decisión recurrida y la disputa del encuentro Racing Club – Boca Juniors, no puede prosperar. Las facultades previstas en los artículos 58º, inciso f), y 59º, apartado 2, del Código Disciplinario para adoptar medidas provisionales o suspender la ejecución de una decisión son instrumentales respecto de una instancia recursiva sometida a la competencia de este Tribunal.
Declarado formalmente inadmisible el recurso, no existe una instancia de apelación admisible en cuyo marco pueda examinarse la tutela accesoria solicitada. En consecuencia, corresponde denegarla sin ingresar al análisis de sus presupuestos ni al fondo de la controversia.
Por todo ello, en uso de sus atribuciones reglamentarias, el Tribunal de Apelaciones de la A.F.A., RESUELVE:
PRIMERO: Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Club Atlético Vélez Sarsfield contra la resolución del Tribunal de Disciplina de la A.F.A. del 22/9/2026 publicada en el Boletín/AFA N° 6950 (Arts. 55º del Código Disciplinario y Art. 67º ap. 3 y 3.1 del Estatuto de la A.F.A.).
SEGUNDO: No hacer lugar a la solicitud de medida provisional urgente formulada por el Club Atlético Vélez Sarsfield, por los fundamentos expuestos en los considerando
TERCERO: Ordenar la devolución del depósito del arancel por el recurso denegado (arg. Art. 67-3.3-Estatuto/AFA).
CUARTO: Notificar la presente resolución en el Boletín de la A.F.A. Cumplido,
devuélvase al Tribunal de Disciplina.
Firmado: Dr. Héctor Luis Latorraga (Presidente) – Dr. Fernando Luis M. Mancini
(Vicepresidente) – Dr. Guillermo Hugo Rojo (Vocal).
La amenaza de AFA a Vélez
A raíz de este reclamo, la AFA deja en claro que Vélez será desafiliado en caso de llevar el reclamo a la Justicia ordinaria y no podrá competir. Ahora, quedará conocer qué sucederá luego de que el Tribunal de Disciplina rechazara la apelación y si deciden ir por otras instancias.
Desde la AFA habían explicado al diario Olé: “Está prohibido ir a la Justicia para un resultado deportivo. Así que si llegan a hacer eso, automáticamente Vélez queda desafiliado, no podrá competir mientras dura el recurso de amparo. La FIFA es tajante con eso”.
Cómo está el cuadro de cuartos de final de la Copa Argentina
Lado izquierdo del cuadro
- Banfield 1 (7) –
(6) 1 Deportivo Riestra– Se disputó el 9/9 - Boca – Racing – A disputarse el 27/9
Lado derecho del cuadro
- Atlético Tucumán 1 (3) –
(2) 1 Independiente Rivadavia– Se disputó el 16/9 - Platense – Estudiantes de La Plata – A disputarse el 1/10






